IVA en el oro y la plata

El oro de inversión está exento de IVA en España (artículo 140 de la Ley 37/1992): lingotes de 995 milésimas o más y monedas reconocidas de 900 o más. La plata, el platino y el paladio llevan el 21 %; las piezas de segunda mano pueden venderse en el régimen de bienes usados. Explicación con ejemplos.

El oro de inversión está exento del IVA en la Unión Europea; en España lo regula el régimen especial del oro de inversión, en los artículos 140 y siguientes de la Ley 37/1992. La exención abarca los lingotes y láminas de oro de ley igual o superior a 995 milésimas, con un peso aceptado por los mercados de lingotes, y las monedas de oro acuñadas después de 1800, de ley igual o superior a 900 milésimas, que sean o hayan sido de curso legal en su país de origen y que se vendan habitualmente por un precio que no supere en más de un 80 % el valor del oro que contienen. Prácticamente todas las monedas de inversión conocidas, del Krugerrand a la Filarmónica y a las 100 pesetas de Alfonso XIII, lo cumplen.

La plata, el platino y el paladio no entran en esa exención. En España, las monedas y lingotes de estos metales llevan el IVA general del 21 %, que no se recupera al vender. Sí existe una vía para pagar menos: cuando un comercio revende una pieza que ha comprado a un particular, puede aplicar el régimen especial de bienes usados y repercutir el IVA solo sobre su margen, no sobre el precio completo. Por eso una moneda de plata de segunda mano puede salir bastante más barata que la misma moneda nueva; pregunta siempre qué régimen aplica el comercio. Y en la compraventa entre particulares el IVA no interviene.

El IVA es una cosa y el impuesto sobre la renta, otra. La ganancia que obtiene un particular al vender oro o plata es una ganancia patrimonial en la base del ahorro del IRPF y se declara en la renta del año de la venta, sin plazo de exención por tiempo de tenencia. Además, los metales preciosos cuentan para el Impuesto sobre el Patrimonio en las comunidades autónomas que lo aplican, por encima del mínimo exento. Esto es información, no asesoramiento fiscal.

Preguntas frecuentes

¿Hay alguna forma de comprar plata sin IVA?

Nueva, en la UE, no. Un comercio puede vender plata de segunda mano procedente de particulares en el régimen de bienes usados, con el IVA solo sobre su margen; en un depósito fuera de la UE el impuesto se aplaza hasta que el metal entra en la Unión; y en la venta entre particulares el IVA no interviene.

¿Pago impuestos por la ganancia al vender oro?

Sí. La diferencia entre el precio de venta y el de compra es una ganancia patrimonial que tributa en la base del ahorro del IRPF, por tramos del 19 % al 30 %, y hay que declararla en la renta del año de la venta. Las pérdidas se compensan con otras ganancias. No es asesoramiento fiscal.

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